Si el ciudadano no realiza el proceso de empadronamiento en el registro de identificación balística, no podrá renovar el permiso de porte o tenencia de su arma de fuego.
El Registro Nacional de Identificación cuenta con dos sistemas: Sistema de Información de Huella Balística Civil y Sistema de Información de Huella Balística Criminal.
El Gobierno Nacional expidió el decreto que establece la creación del Registro Nacional de Identificación Balística, con el fin de fortalecer las medidas de control en el marco de la Ley de Fortalecimiento a la Seguridad Ciudadana, el esclarecimiento de delitos y a la vez, mejorar los sistemas de información sobre las armas de fuego que existen en el país con permisos de porte y tenencia.
Este Registro Nacional de Identificación Balística deberá estar listo en julio de 2023 y contará con dos sistemas, el Sistema de Información de Huella Balística Civil y el Sistema de Información de Huella Balística Criminal.
La Huella de Identificación Balística está conformada por las marcas transferidas del arma de fuego a proyectiles y vainillas, durante el proceso de disparo, que las hace únicas e irrepetibles para cada arma de fuego.
El Sistema de Información de Huella Balística Civil- SIHBC, contiene archivo digital con la información de la huella balística de todas las armas con permiso de tenencia o porte, o aquellas que van a ser adquiridas.
Por otro lado, el Sistema de Información de Huella Balística Criminal -SIHBCR, contiene archivo digital con la información de la huella balística de las armas de fuego, vainillas, proyectiles, fragmentos de proyectil, vinculadas a una investigación de carácter penal, cuya información es administrada por la Fiscalía General de la Nación.
Las armas de fuego que deben ser registradas y empadronadas en el Sistema de Información de Huella Balística Civil, son las que cumplen con las siguientes características: pistolas, subametralladoras y revólveres. También, fusiles y carabinas, armas automáticas, escopetas y rifles, sin importar el calibre.
El empadronamiento consiste en la toma de la huella balística, obtenida a través de la aplicación de pruebas técnicas realizadas al arma de fuego.
Hay que recordar que después de la puesta en marcha del registro, la persona natural o jurídica que pretenda adquirir un arma, o renovar el permiso de porte o tenencia, debe agendar la cita a través del sitio web del Departamento Control Comercio de Armas y Explosivos – DCCAE, para dar inicio al proceso de empadronamiento.
El Decreto 771 del 16 de mayo de 2022, otorgó 2 meses a las entidades que van a interoperar a través del registro para adecuar técnicamente sus sistemas, y 12 meses para la implementación del mismo.
Si el ciudadano no realiza el proceso de empadronamiento, no podrá renovar el permiso de porte o tenencia, quedando inmerso en las causales de incautación y decomiso del arma por parte de las autoridades.
Con la expedición de este decreto se facilitará la interoperabilidad de los sistemas de información de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación, lo que ratifica el compromiso del
Gobierno Nacional con la ciudadanía en el control efectivo de las armas de fuego, para fortalecer la convivencia y seguridad ciudadana.
Fuente: Sistema Informativo de Gobierno